|
DEPARTAMENTO DE OPERACIONES |
|
|
L123 |
Denegación de una solicitud de marca de la Unión Europea
(artículo 7 y el artículo 42, apartado 2, del RMUE)]
Alicante, 17/01/2018
|
CLARKE, MODET Y CÍA. S.L. Rambla de Méndez Núñez, Nº 21-23, 5º A-B E-03002 Alicante ESPAÑA |
Nº de solicitud: |
017176918 |
Referencia: |
MUE/17487/BAR/GB/MJ |
Marca: |
SIBERIA ORIGIN |
Tipo de marca: |
Marca denominativa |
Solicitante: |
Eva Cabanes Domenech Calle Del Freixe , No. 10, Urb. Masia Boronat E-43764 El Catllar (Tarragona) ESPAÑA |
La Oficina objetó el 15/09/2017 en virtud del artículo 7, apartado 1, del RMUE al considerar que la marca no es apta para su registro a efectos del artículo 7, apartado 1, letras b), c) y m) artículo 7, apartado 2, y por los motivos que se indican en la carta adjunta.
El solicitante no presentó sus observaciones en el plazo límite. En virtud de los motivos que se establecen en la carta de objeción, y con arreglo al artículo 7, apartado 1, del RMUE, se deniega la marca de la Unión Europea nº 17176918 “SIBERIA ORIGIN” para todos los productos solicitados:
Clase 31 Animales vivos, organismos para la cría; Cultivos agrícolas e hidropónicos, productos hortícolas y forestales; Algas; Plantas; Frutas, frutos, verduras, hortalizas y hierbas frescos; Malta y cereales sin procesar; Césped natural; Flores; Semillas, bulbos y plantones para el cultivo de plantas; Árboles y productos forestales; Residuos vegetales (materia prima); Hongos; Alimentos y piensos para animales; Lechos para animales.
De conformidad con el artículo 67 del RMUE, tiene derecho a recurrir la presente resolución. De conformidad con el artículo 68 del RMUE, el recurso deberá interponerse por escrito ante la Oficina en un plazo de dos meses a partir del día de la notificación de la resolución. Se interpondrá en la lengua del procedimiento en el que se haya adoptado la resolución objeto de recurso. Asimismo, deberá presentarse un escrito en el que se expongan los motivos del recurso en un plazo de cuatro meses a partir de la misma fecha. Solo se considerará interpuesto el recurso una vez que se haya pagado la tasa de recurso (720 EUR).
Monika Karolina SZALUCHO