|
DEPARTAMENTO DE OPERACIONES |
|
|
L123 |
Denegación de una solicitud de marca de la Unión Europea
(artículo 7 y el artículo 42, apartado 2, del RMUE)
Alicante, 05/12/2019
|
Antonio Francisco Galacho Abolafio C/Juan de Garay 14 E-29640 Málaga/Fuengirola ESPAÑA |
Nº de solicitud: |
018121221 |
Referencia: |
Saltywater |
Marca: |
Saltywater Tackle
|
Tipo de marca: |
Marca denominativa |
Solicitante: |
Yachts Global Services S.L.U C/Antonio Márquez Muñoz, nº8 E-29620 Málaga/Torremolinos ESPAÑA |
La Oficina objetó el 24/09/2019 en virtud del artículo 7, apartado 1, letras b) y c), y del artículo 7, apartado 2, del RMUE al considerar que la marca no es apta para su registro, ya que describe determinadas características de los productos para los que se ha solicitado protección y carece asimismo de carácter distintivo, por los motivos que se indican en la carta adjunta, que forma una parte integrante de esta decisión.
La evaluación de la descriptividad se basa en el modo en que el consumidor pertinente percibiría el signo en relación con los productos y servicios para los que se solicita protección. En el caso que nos ocupa, el consumidor pertinente de lengua inglesa comprendería que el signo tiene el significado siguiente: equipo (de pesca) para/de agua salada, salina.
En el caso que nos ocupa, los consumidores pertinentes percibirían que el signo proporciona información que los productos en Clase 8 (cuchillos de pesca, alicates de pesca, escamadores para pescado, cuchillos para limpiar pescado, raspadores manuales para descamar pescado) y en Clase 28 (cebos de pesca, plomos de pesca, boyas de pesca, carretes de pesca, aparejos de pesca, morrales de pesca, cañas de pescar, bobinas para pescar, anzuelos de pescar, reclamos para la pesca, flotadores para la pesca, carretes para la pesca, paternóster [aparejos de pesca], señuelos de caza o pesca, redes de pesca con caña, achicadores [zalabardos] para la pesca, bolsas adaptadas para la pesca, bajos de línea de pesca, estuches para carretes de pesca, lanzadores para sedal de pesca, salabardos para pescadores con caña, indicadores de picada [aparejos de pesca], señuelos olfativos de caza y pesca, aparejos terminales de aparejos de pesca, artículos giratorios para aparejos de pesca, moscas artificiales para su uso en la pesca, alarmas de picada para su uso en la pesca con caña, indicadores electrónicos del picado de peces para la pesca con caña, entre otros) forman parte del equipo de pesca para/de agua salada, salina. Muchas especies de agua salada poseen fuerza superior. Además, el agua salada tiene altos efectos corrosivos. Por ello, los pescadores necesitan un equipo de pesca de agua salada, con características especiales, adaptado a este tipo de pesca. Por consiguiente, el signo describe la especie y el destino de los productos en cuestión.
El incumplimiento de las reglas gramaticales (en este caso, escribir las palabas “salty” y “water” juntas) no impide que una combinación de palabras pueda considerarse una indicación descriptiva.
Dado que el signo tiene un significado claramente descriptivo, está asimismo desprovisto de carácter distintivo y, por consiguiente, no es capaz de desempeñar la función esencial de una marca, que consiste en distinguir los productos y servicios de una empresa de los de otras empresas.
El solicitante no presentó sus observaciones en el plazo límite. En virtud de los motivos que se establecen en la carta de objeción, y con arreglo al artículo 7, apartado 1, letras b) y c), y del artículo 7, apartado 2, del RMUE, se deniega la marca de la Unión Europea nº 18 121 221, “Saltywater Tackle”, para todos los productos solicitados.
De conformidad con el artículo 67 del RMUE, tiene derecho a recurrir la presente resolución. De conformidad con el artículo 68 del RMUE, el recurso deberá interponerse por escrito ante la Oficina en un plazo de dos meses a partir del día de la notificación de la resolución. Se interpondrá en la lengua del procedimiento en el que se haya adoptado la resolución objeto de recurso. Asimismo, deberá presentarse un escrito en el que se expongan los motivos del recurso en un plazo de cuatro meses a partir de la misma fecha. Solo se considerará interpuesto el recurso una vez que se haya pagado la tasa de recurso (720 EUR).
Monika TOMCZYNSKA