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DEPARTAMENTO DE OPERACIONES |
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L123 |
Denegación de una solicitud de marca de la Unión Europea de acuerdo con el artículo 7 del RMUE y la regla 11, apartado 3, del REMUE
Alicante, 07/07/2016
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ROMIMARK ASESORES, S.L. Murcia, 10 Oficina J E-28045 MADRID ESPAÑA |
Nº de solicitud: |
015303308 |
Referencia: |
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Marca: |
BRAND BUILDING BY DOING |
Tipo de marca: |
Marca denominativa |
Solicitante: |
PICNIC EXPERIENCE S.L. C/ Alfonso XII nº 36 - 5º dcha E-28014 MADRID ESPAÑA |
La Oficina objetó contra el registro de la marca solicitada el 13/04/16 en virtud del artículo 7, apartado 1, letra b), así como del apartado 2 del artículo 7 del RMUE al considerar que la marca carece de carácter distintivo, por los motivos que se indican en la carta adjunta.
No se han recibido observaciones en respuesta dentro del plazo establecido.
En virtud de los motivos expuestos anteriormente, y de acuerdo con el artículo 7, apartado 1, letra b) y del apartado 2 del artículo 7 RMUE, se deniega la solicitud de marca de la Unión Europea nº 15303308 BRAND BUILDING BY DOING en su totalidad, a saber, para los siguientes servicios:
35 Negocios comerciales y servicios de información al consumidor; Servicios de asistencia, dirección y administración de negocios; Servicios de información, investigación y análisis de negocios; Servicios promocionales, de marketing y publicidad.
41 Educación, entretenimiento y actividades deportivas; Servicios de publicaciones y reportajes.
42 Servicios de diseño; Servicios de tecnologías de la información; Servicios científicos y tecnológicos.
En virtud del artículo 59 del RMUE tiene derecho a recurrir la presente resolución. De conformidad con el artículo 60 del RMUE, el recurso deberá interponerse por escrito ante la Oficina dentro del plazo de dos meses desde la fecha de notificación de la presente resolución y, dentro del plazo de cuatro meses a partir de esa misma fecha, deberá presentar un escrito en el que se expongan los motivos del recurso. Sólo se considerará interpuesto el recurso una vez que se haya pagado una tasa de 720 EUR.
Mercedes SIERRA